Tema 2. La estructura organizativa de los centros de Educación Infantil y Primaria: Órganos de Gobierno y Coordinación
Objetivos
Comprender e interpretar las dinámicas y procesos organizativos, desde la perspectiva de la cultura social e institucional y reflexionar sobre la organización de los centros educativos. También, conocer y valorar la complejidad y características de las estructuras organizativas de los centros educativos, plasmadas en el Decreto 233/1997 (ROF)
Normativa de referencia general
- Los centros docentes se clasifican en públicos (aquellos cuya titularidad es pública) y privados (aquellos cuyo titular sea una persona física o jurídica). Los privados concertados son aquellos acogidos a un concierto.
- La prestación del servicio público de educación se realiza a través de centros públicos o privados concertados.
- La participación, autonomía y gobierno estará regido por la LODE.
- Las administraciones llevarán a cabo medidas que promueven la colaboración entre familia y escuela.
Organigrama del centro educativo
Órganos de coordinación
Equipos docentes y equipos de ciclo, Coordinador/a TIC, Coordinador de Formación en el Centro, Tutorías, profesorado, Comisión de Coordinación Pedagógica (COCOPE)
Órganos de gobierno
Director/a, jefe/a de estudios y secretario/a (unipersonales)
Órganos de participación
Consejo escolar y claustro docente (colegiados)
Los organigramas pueden ser:
a) Estructurales: representan las unidades de la comunidad educativa y su relación.
b) Funcionales: representan las unidades, relaciones y funciones.
c) De personal: representan el nombre de la unidad, tipo de responsabilidad y nombre del personal adscrito.

El consejo escolar I
Está integrado por:
-Director (presidente), jefe de estudios y secretario.
-Un representante del ayuntamiento.
-Un número de profesores elegidos por el Claustro.
-Un número de padres y alumnos elegidos respectivamente por y entre ellos.
- Un representante del personal de administración servicios del centro.
El consejo escolar II
-El consejo designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad entre hombres y mujeres
-Uno de los representantes de los padres en el Consejo Escolar será designado por la asociación de padres.
-Los alumnos podrán ser elegidos miembros del Consejo Escolar a partir de primero de ESO, pero en estos primeros cursos de secundaria no tendrán voto para el cese de director. Los alumnos de primaria también pueden formar parte del Consejo Escolar.
Competencias del Consejo Escolar
-Evaluar proyectos y normas.
-Evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del claustro de profesores.
-Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
-Participar en la selección del director, ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo y, en su caso, proponer la revocación del nombramiento del director.
-Informar sobre la admisión de los alumnos.
-Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. En el caso de que las medidas adoptadas por el director respecto a la convivencia y la igualdad no sean concebidas como adecuadas, el consejo deberá proponer las medidas oportunas.
El Claustro de Profesores
-Planificar, coordinar, informar y decidir sobre los aspectos educativos del centro.
-Presidido por el director e integrado por profesores.
competencias:-Presidido por el director e integrado por profesores.
- Formular propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.
- Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
- Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
- Elegir sus representantes en el Consejo Escolar y participar en la selección del director.
- Analizar y valorar el funcionamiento general del centro.
- Coordinar y dirigir todas las actividades del centro, así como ejercer de líder y representante de este y de toda la comunidad educativa.
- Designar y proponer el cese de los miembros del equipo directivo.
- Encargarse del mantenimiento del orden y del cumplimiento de las leyes.
- Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro.
Funciones jefe/a de estudios
- Sustituir al director.
- Confeccionar los horarios académicos y velar por su cumplimiento.
- Coordinar las tareas de los equipos de ciclo y de sus coordinadores.
- Coordinar la acción de los tutores.
- Coordinar las actividades de perfeccionamiento del profesorado.
- Organizar los actos académicos.
- Organizar el cuidado de los alumnos en el recreo y en otras actividades no lectivas.
- Buscar el óptimo aprovechamiento de todos los recursos del centro
Funciones del secretario/a
- Ordenar el régimen administrativo del centro conforme a las directrices del director.
- Custodiar y organizar los libros y archivos del centro y el material didáctico.
- Realizar el inventario del centro y actualizarlo.
COCOPE
Formada por los jefes de departamento y los órganos de gobierno del centro. Presidida por el director. Competencias:
- Diseñar el plan lingüístico del centro.
- Coordinar la elaboración de los proyectos curriculares.
- Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial.
- Elaborar la propuesta de los criterios y los procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares al alumnado con necesidades educativas especiales.
- Asegurar la coherencia entre el PEC, los proyectos curriculares y la programación general anual.
- Velar por el cumplimiento y la posterior evaluación de los proyectos curriculares en la práctica docente del centro.
- Proponer al claustro la planificación de las sesiones de evaluación.
- Coordinar las actividades de orientación dirigidas al alumnado del centro.
- Promover y coordinar las actividades de perfeccionamiento del profesorado.
Equipos de ciclo
- Agrupan a todo el profesorado que imparta docencia en un mismo ciclo.
- Desempeñan sus funciones bajo la supervisión del jefe o jefa de estudios.
- Están dirigidos por un coordinador/a, que deberá ser maestro que imparta en el ciclo, designado por el Director, Desempeña el cargo durante dos cursos.
- Llevar a cabo el plan de acción tutorial.
- Coordinar el proceso de evaluación del alumnado de su grupo.
- Facilitar la integración de los alumnos al grupo y orientarlo en sus procesos de aprendizaje.
- Informar a los padres, profesores y alumnos de todo aquello que les concierna.
- Fomentar la cooperación educativa entre el profesorado y los padres
- Tender y cuidar de los alumnos en el recreo y otros períodos no lectivos
- Programación y enseñanza de las áreas, materias y módulos.
- Evaluar el proceso de aprendizaje del alumnado, así como el de enseñanza.
- La tutoría de los alumnos en colaboración con las familias.
- La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumno.
- La organización y participación en las actividades complementarias.
- La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas.